Ser Freelance o FreeLancer es un estilo de vida, y de acuerdo con la RAE reconoce la palabra como free lance, donde nos encontramos que la traducción literal es “lanza libre”, sin embargo, su significado como lo mencionamos anteriormente va ligado estrechamente con la forma de trabajar pues de manera individual y autónoma una persona desarrolla sus actividades para una empresa o persona física que lo contrate.
Es común encontrar freelance en profesiones como periodismo, diseño, mercadotecnia, comunicación, informática, entre otras, este estilo de vida tiene pros y contras lo cual se traduce en derechos y obligaciones, si eres una persona que se encuentra decidida a querer comenzar o ya eres un freelance es necesario que conozcas la siguiente información:
Una vez que eres consiente de las ventajas y desventajas que tiene el ser freelance ahora te presentamos los derechos y obligaciones, ya que recuerda que el no saber o desconocer la ley no te exime de acatarla.
Imagínate que eres freelance y comenzaste con clientes modestos en donde no necesitabas facturar tus servicios, o ya has ahorrado lo suficiente como para poderte comprar una casa, un auto no quieres que tu éxito se vea empañado y que la ley te acuse por lavado de dinero, o que tengas que pagar impuestos atrasados, multas, recargos o enfrentes un juicio legal por eso pon atención a los siguientes puntos:
Debes de comenzar con el pie derecho desde un inicio
Regístrate o solicita tu registro como contribuyente ante el SAT (ya que no solo estas cumpliendo con tus obligaciones, también podrás generar facturas y llevar tu contabilidad electrónica de forma gratuita en el portal)
Ahora actualiza tus datos en el portal del SAT deberás de colocar desde tu nombre, domicilio hasta colocar el régimen fiscal al que pertenecerás (recuerda que al ser freelance lo recomendable es que te des de alta como servicios profesionales, en caso de desempeñar una actividad como organizador de eventos entre otras es recomendable que lo hagas bajo el Régimen de Incorporación Fiscal)
Cada uno de los regímenes tiene sus respectivas obligaciones en este caso te diremos lo básico que tienes que saber de cada uno.
RÉGIMEN DE INCORPORACIÓN FISCAL (RIF)
Si eres una persona física que realiza actividades empresariales como vender bienes o prestar servicios, y dichas actividades no requieran de un titulo profesional, y el total de tus ingresos no rebase la cantidad de dos millones de pesos, pertenecerás a este régimen.
Dentro de los beneficios que obtendrás es que no pagaras ISR durante el primer año, no pagaras IVA ni IEPS por tus ventas a público en general si tus ingresos no exceden los trescientos mil pesos anuales, tus gastos pueden ser pagados en efectivo por un limite de cinco mil pesos, si tus gastos exceden este monto deberás de pagar con tarjeta, y como un beneficio adicional que va ligado con tus prestaciones básicas es que tienes la posibilidad de adquirir un seguro de vida a bajo costo.
La presentación de tus declaraciones y contabilidad electrónica es bimestral, y recuerda que debes de presentar tu declaración anual en el mes de abril de cada año.
RÉGIMEN SERVICIOS PROFESIONALES (HONORARIOS)
Deberás de registrar este régimen si tus ingresos los obtienes por prestar servicios profesionales de manera independiente (ya que en este caso no te encuentras contratado por una empresa directamente no eres un trabajador eres un profesionista independiente).
En este caso tus declaraciones y presentación de tu contabilidad electrónica es de manera mensual y estas obligado a presentar la declaración anual en abril de cada año.
Recuerda que existen obligaciones básicas con las que debes cumplir como es el facturar todos tus ingresos y egresos (tus gastos que serán deducibles de acuerdo con tu actividad para tus impuestos), realizar y presentar las declaraciones informativas mensuales, anuales o bimestrales de acuerdo con las obligaciones de tu régimen fiscal, efectuar tus pagos provisionales de (IVA, ISR, IEPS), presentar la DIOT.
Ten en cuenta que tus obligaciones fiscales se determinaran de acuerdo con tus actividades, régimen fiscal al que te encuentres incorporado, es importante que cumplas con ellas ya que si no lo haces te harás acreedor a multas, recargos e incluso el SAT puede enviarte a buro de crédito lo cual afectara tu historial para pedir productos financieros en el banco, toma en cuenta que existen trámites que te piden tener una opinión del cumplimiento limpia (la opinión del cumplimiento se obtiene en el portal del SAT y para que salga limpia debes de cumplir con tus obligaciones).
Otra cosa que debes considerar para proteger tu trabajo y ya que lo estas haciendo de manera formal es el que realices contratos con tus clientes en donde estipules los tiempos y formas de pago, entrega entre otros detalles.
Considera que siempre debes de tener una cultura de la prevención y pensando en el futuro no solo basta con tener un fondo de ahorro, busca opciones ya sea por medio de programas en el gobierno o con bancos para obtener un crédito de casa, ahorro para el retiro, seguros de vida, seguros médicos (estos deben de protegerte desde una enfermedad como el catarro hasta una operación).
Todo lo que debes de considerar en relación con lo fiscal y contable es conveniente que te acerques con un especialista nosotros te podemos ayudar con asesorías, hacer proyecciones sobre que es lo que más te conviene, orientarte para realizar los tramites y ver cual es tu mejor opción no dudes en llamarnos.