En muchas ocasiones es común comenzar un negocio de forma empírica y formando parte de la informalidad en México sin embargo cuando nuestro negocio ha crecido y queremos tener derechos legales y estar amparados es momento de entrar en la formalidad y elegir una sociedad mercantil, no es sencillo ver cual es el tipo de sociedad es la que más se adecua a nuestras necesidades pues cada una tiene características diferentes por eso hoy te presentamos los siete tipos de sociedades mercantiles que existen en México.
Pero ¿Qué es una sociedad mercantil? Es una sociedad reconocida por la ley como una entidad propia y distinta a sus miembros (personas físicas), cuenta con patrimonio común y con la participación de socios.
¿Qué características tiene una sociedad mercantil?
Es un ente colectivo con un interés o propósito común.
Uno de sus propósitos es el de obtener un ingreso, a través de actos lucrativos, comerciales.
Todos los socios comparten pérdidas y ganancias.
Cada socio debe de aportar una cantidad al patrimonio de la entidad ya sea en el capital de trabajo, patrimonio o trabajo.
Requiere de una transacción comercial de una compraventa.
Al momento de constituir una sociedad se puede determinar si el capital será de tipo variable (que puede tener aumento o disminución), o de tipo fijo (que no puede tener una aumento o disminución de la cantidad establecida).
Sociedad anónima (S.A.)
Es la que existe bajo una denominación y se compone exclusivamente de socios, cuya obligación se limita al pago de sus acciones. Debe contar con un capital mínimo de $50, 000.00, sus reservas representaran el 5% de las utilidades anuales hasta reunir un total del 20% del capital social fijo.
Existe un mínimo de dos socios, su periodo de vida puede ser desde un año hasta 99, otra característica de este tipo de sociedades es que pueden ser cerradas o abiertas es decir pueden ofertar públicamente acciones.
Sociedad en nombre colectivo
Es aquella que existe bajo una razón social y en la que todos, los socios responden de modo subsidiario, ilimitada y solidariamente de las obligaciones sociales, la razón social (nombre de la empresa), se formara con el nombre de uno o mas socios y cuando en ella no figuren el nombre de todos se agregara la leyenda de “y compañía” u otras equivalentes.
En esta figura no es establece un mínimo de capital y las reservas representan el 5% de las utilidades anuales hasta reunir 20% del capital social fijo, y tiene un mínimo de dos socios.
Sociedad en comandita simple (S. en C.)
Es la que existe bajo razón social y se compone de uno o varios socios comanditados que responden de una manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente de las obligaciones sociales y de uno o varios comanditarios que únicamente están obligados al pago de sus aportaciones.
Se formará con el nombre de uno o más de los comanditados (personas que integran la sociedad) seguidos de la leyenda “y compañía” u otras equivalentes, cuando en ella no figuren los nombres de todos, a la razón social se le agregara siempre las palabras “Sociedad en Comandita” o su abreviatura (S. en C.).
Sociedad de responsabilidad limitada (S. de R.L.)
Se constituye entre socios que solamente están obligados al pago de sus aportaciones sin que las partes sociales puedan estar representadas por títulos negociables, a la orden o al portador, pues solo serán cedibles en los casos y con los requisitos que establece la ley.
Sociedad en comandita por acciones (S. en C. por A.)
Es la que se compone por uno o varios socios comanditados que responden de una manera subsidiaria, limitada y solidariamente de las obligaciones sociales y de una o varios comanditarios que únicamente están obligados al pago de sus acciones.
Cabe mencionar que los socios comanditarios no pueden ser administradores a pesar de poder autorizar y vigilar su sociedad. No se establece un mínimo de capital y las reservas representan el 5% de las utilidades anuales hasta reunir 20% del capital social fijo y deben de ser un mínimo de dos socios.
Sociedad cooperativa (S. C.)
Este tipo de sociedad se rige por la Ley General de Sociedades Cooperativas y es una forma de organización social integrada por personas físicas con base en intereses comunes y en los principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con el propósito de satisfacer necesidades individuales y colectivas, a través de la realización de actividades económicas de producción, distribución y consumo de bienes y servicios.
La particularidad de este tipo de sociedad es que ofrece rendimientos por trabajo o consumo, todos los socios pertenecen a la clase trabajadora. La responsabilidad puede ser limitada por el monto de su aportación o suplementada que quiere decir que los socios responden hasta por una cantidad determinada en el acta constitutiva.
No establece un mínimo de capital sin embargo este siempre se debe de encontrar en la modalidad de capital variable, el fondo de las reservas se constituye desde un 10 hasta un 20% de los rendimientos de cada ejercicio social, el cual podrá ser delimitado en las bases constitutivas, pero este no puede ser menor a un 25% del capital social de las S.C. de productores, ni del 10% en las de los consumidores, y estas deben de tener un mínimo de 5 socios.
Sociedad por acciones simplificadas (S.A.S)
Esta nuevo tipo de sociedad entro en vigor el 14 de marzo de 2016, esta figura es distinta a las demás ya que no se requiere de un notario para poder constituirla y el tramite suele ser mucho más rápido que en todas las anteriores, no requiere de un acta constitutiva y tiene un mínimo de un socio.
La responsabilidad de sus accionistas queda limitada al monto de sus aportaciones, ya que no tiene un limita establecido de capital o reserva, la sociedad no puede exceder $ 5, 000, 000.00 en utilidades, si lo llegara a rebasar se deberá de cambiar de sociedad y se requerirá de un notario.
Es importante considerar que este tipo de sociedades son más propensas a ser auditadas por parte de las autoridades correspondientes ya que por su naturaleza se prestan a ser creadas para realizar negocios ilícitos o crear empresas fantasma.
Por ello es importante que hagas un análisis sobre cuales son tus necesidades y que figura se ajusta más a tu modelo de negocio, nosotros podemos ayudarte dándote una asesoría y acompañándote a realizar los tramites correspondientes no dudes en comunicarte con nosotros.